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Eliminación de antecedentes penales. Parte III: Requisitos y procesos en delitos graves.


La solicitud para la eliminación de antecedentes penales en delitos graves tiene que hacerse en el Tribunal de Primera Instancia que corresponda a su residencia. Los requisitos y proceso para esta solicitud se resumen de la siguiente manera:

  1. Haber sido convicto de delito grave definido por ley, según la sentencia del Tribunal juzgador.

  2. Haber transcurrido cinco (5) años desde que cumplió la sentencia por dicho delito.[1]

  3. Que, durante ese transcurso de cinco (5) anos entre el cumplimiento de la sentencia y el momento en que hace la solicitud, no haya cometido otro delito, ni grave ni menos grave.

  4. Gozar de buena reputación en la comunidad.

  5. Someterse a la muestra requerida por la Ley del Banco de Datos de ADN, de estar sujeta a ello.[2]

  6. Presentar una petición al Tribunal- de cumplir con los prerrequisitos enumerados- con lo siguiente:

  • Certificado de Antecedentes penales.

  • Copia Certificada de las Sentencias (de los delitos por los que fue convicta).

  • Certificación de la Administración de Corrección y Rehabilitación sobre el cumplimiento de la Sentencia (incluidas las veces que entro y salió de alguna institución).

  • Declaración Jurada ante Notario o Notaria de, por lo menos, dos (2) testigos que le conozcan, conozcan de los delitos que usted cometió y puedan afirmar su buena reputación en la comunidad. NOTA: Si se señala una vista en el Tribunal, estos testigos deben estar dispuestos a declarar ante el juez.

  • Este trámite en el Tribunal de Primera Instancia requiere un Sello de Rentas Internas por la cantidad de $78.00.

En estos casos graves, el Tribunal señala el caso y dictará Resolución, según la prueba presentada. De ordenar la eliminación de los antecedentes penales, debe acudir al Departamento de Justicia, Área de Sistema de Información de Justicia Criminal en la Calle Olimpo, Esquina Axtmayer, Edificio Anexo, Piso 1, Parada 11 de Miramar, en San Juan, Puerto Rico, para completar el trámite. Nota: TIENE QUE LLEVAR LA RESOLUCION CERTIFICADA.


Si cree que es elegible, comuníquese con nosotros al 787-226-1693 o visítenos en la Calle Mariano Quinones #7 en Coamo y desde $50.00 puede comenzar el proceso.

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[1] Si gozo de libertad condicional, son 5 años a partir de que se cumplió la sentencia por libertad condicional, aún cuando esté en la libre comunidad.

[2] Ejemplo, los convictos por: (1) Asesinato; (2) Homicidio en todas sus modalidades; (3) Violación; (4) Agresión Sexual; (5) Actos lascivos o impúdicos; (6) Bestialismo; (7) Delito grave tipificado en la Ley #54; (8) Secuestro en todas sus modalidades; (9) Robo, en todas sus modalidades; (10) Agresión agravada, en su modalidad de delito grave; (11) Perversión de menores; (12) Fabricación y distribución de sustancias controladas; (13) Distribución de sustancias controladas a personas menores de 18 años; (14) Empresa criminal continua de sustancias controladas; (15) Maltrato de menores, en todas sus modalidades; (16) Mutilación. Aplican los mismos a la modalidad de tentativa en cada uno de ellos.

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