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Educación especial: ¿Qué deben hacer los padres, madres o personas encargadas durante el registro?


El registro es un proceso sencillo en el que los padres o las personas encargadas ofrecen información básica sobre su hijo como, por ejemplo, la fecha y lugar de nacimiento o la condición que se ha observado en el niño o que se sospecha que pueda tener.

El DE debe informar sobre sus derechos a los padres y las personas encargadas mediante un documento escrito que, además, debe explicárseles en detalle. Los padres o encargados deberán asegurarse de firmar la autorización para que se refiera a su hijo a las evaluaciones correspondientes y necesarias.


Es muy importante requerir y guardar copia de la hoja de registro, ya que esta es la evidencia de que se cumplió con la obligación de registrar al niño. A partir de esa fecha, el Departamento tiene 30 días para realizar la evaluación.


¿Cómo se realiza el Registro de los bebés recién nacidos e infantes hasta que cumplen 3 años?


En Puerto Rico, el Departamento de Salud es la agencia encargada de evaluar y garantizar los servicios de intervención temprana para los infantes que nacen en condiciones que ocasionan retraso en su desarrollo. Esto es lo que se conoce como el Programa de Intervención Temprana. El centro pediátrico del Departamento de Salud de cada región debe determinar si el infante cualifica para recibir servicios. A partir de entonces, las evaluaciones y la provisión de servicios serán responsabilidad del Departamento de Salud, hasta que el niño cumpla los 3 años.


El Departamento de Salud debe nombrar una persona como coordinador de servicios para gestionar todos los servicios que el infante necesite. La persona en la función de coordinar los servicios debe tener especialidad en una profesión relacionada con las necesidades del infante y de su familia.


En el momento en que el infante cumple los dos años de edad, el padre o encargado puede solicitar el registro en el Departamento de Educación. Es entonces cuando se puede iniciar la participación en las reuniones de transición de una agencia a otra sin que haya interrupción de servicios.


*Véase Art. 5.1 y 5.2- Manual de Educación Especial para madres, padres y encargados*

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